Medidas del Colegio en relación con las valoraciones de la Comisión Nacional de la especialidad de psicología clínica

Medidas del Colegio en relación con las valoraciones de la Comisión Nacional de la especialidad de psicología clínica

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Según los últimos datos conocidos a través de la Presidenta de la Comisión Nacional de la Especialidad de Psicología Clínica (CNE), la gran mayoría de los numerosos informes-propuesta negativos emitidos por dicha comisión se concentran en la vía transitoria tercera, la que corresponde al ejercicio profesional colegiado. Casi todos estos casos negativos no son todavía definitivos, ya que no se han emitido las resoluciones negativas definitivas. Por ello, el solicitante aún no puede defenderse presentando un recurso por contenido.

Asimismo, la Presidenta de la CNE informó de que esta comisión tiene previsto acabar de ver los expedientes del primer plazo en este mes de julio, y comenzar entonces a revisar los del segundo plazo. Su previsión es finalizar en junio o julio de 2008.

Por otra parte, el procedimiento de valoración empleado por la Comisión y sus equipos de trabajo presenta algunas carencias, como el hecho de que en algunos informes-propuesta recibidos por los colegiados en posesión de la certificación colegial se haga alusión a que no han adquirido el suficiente “desarrollo profesional”, cuando la normativa establece que es el Colegio quien debe certificar el ejercicio profesional.

Ante esta situación, y como ya se ha informado anteriormente, el Colegio de Madrid ha tomado las siguientes medidas:

1. Apoyar la decisión del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de presentar alegaciones al Ministerio de Educación y Ciencia, exponiendo la situación en la que se encuentran los colegiados solicitantes del Título.

2. Elevar, a iniciativa del Consejo, algunas preguntas parlamentarias para conocer datos objetivos sobre el proceso de valoración de los expedientes y, específicamente, el número de informes negativos, o al menos no positivos, de entre los presentados según la vía transitoria tercera.

3. Mantener informados a los colegiados mediante los medios de comunicación colegiales (GUÍA DEL PSICÓLOGO, página web del Colegio, correo electrónico…), ofreciendo guías, documentos y asesoramiento para presentar las alegaciones y los recursos correspondientes.

4. Solicitar a los colegiados que hayan obtenido la resolución positiva definitiva de concesión del Título que hagan llegar al Colegio el documento de resolución positiva y su consentimiento expreso para la cesión de los datos de los expedientes de solicitud del certificado de actividad profesional del Colegio. Estos datos se destinarán a la defensa de otros colegiados que, habiendo recibido respuestas negativas del ministerio, deseen utilizarlos alegando un diferente trato por parte de la Administración.

5. Pedir a los colegiados que hayan iniciado o vayan a iniciar recursos contencioso-administrativos contra resoluciones firmes del Ministerio que lo comuniquen al Colegio para, en el caso de cumplir los criterios para la obtención del Título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, brindarles todo el apoyo que necesiten. La defensa de los colegiados en este largo proceso de acceso al Título de Especialista no debe plantearse como una mera cuestión personal de obtener o no dicho título, es una cuestión que afecta al conjunto de solicitantes y que tendrá repercusiones en el futuro de nuestra profesión, por eso es fundamental la colaboración de todos en las medidas que se decida adoptar.

Madrid, octubre 2007