Aprobada la ley que garantiza la actividad sanitaria de los psicólogos. Una alegría para todos, un compromiso para que la solución llegue a todos… un acuerdo de todos

Aprobada la ley que garantiza la actividad sanitaria de los psicólogos. Una alegría para todos, un compromiso para que la solución llegue a todos… un acuerdo de todos

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APROBADA LA LEY QUE GARANTIZA LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS PSICÓLOGOS. UNA ALEGRÍA PARA TODOS, UN COMPROMISO PARA QUE LA SOLUCIÓN LLEGUE A TODOS… UN ACUERDO DE TODOS

El pasado 16 de marzo el Congreso de los Diputados aprobó de forma definitiva la Ley de Economía Social, donde se ha incluido la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, que fue apoyada por unanimidad, referente a la regularización de la actividad sanitaria de los psicólogos. El texto de la enmienda, que se reproduce en esta misma GUÍA, supone un beneficio para todos los colectivos de la Psicología.

Los psicólogos que trabajan en consultas, centros y servicios sanitarios privados ven reconocida su actividad con una norma de suficiente rango legal y podrán de nuevo inscribir sus centros como sanitarios a todos los efectos.

En el caso de los Especialistas en Psicología Clínica, el punto 4 les garantiza que, para llevar a cabo prestaciones de la cartera de servicios comunes en centros del Sistema Nacional de Salud (SNS) o concertados con él, se debe poseer el título de Especialista.

En este sentido, la enmienda solventa la mayor parte de los problemas que se les han planteado a los psicólogos para trabajar en el ámbito sanitario. Es justo por tanto agradecer su labor a los que lo han hecho posible: a los responsables de los ministerios de Educación y Sanidad, a los responsables de los Grupos Políticos, portavoces parlamentarios de Sanidad y Trabajo, que sin excepción se han mostrado sensibles a nuestra problemática.

Incluso para el colectivo de psicólogos que están contratados por el SNS sin ser especialistas (en algunos casos desde hace más de diez años), y sin duda los olvidados por esta reforma legislativa, la enmienda supone una mejora en el sentido de que se les reconoce que puedan realizar actividades sanitarias (legalmente no era así tras la entrada en vigor de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias -LOPS), aunque no las contempladas en el catálogo de prestaciones comunes. Este es uno de los aspectos más débiles de la enmienda. Todos estamos de acuerdo con la filosofía: los psicólogos contratados por el SNS deben ser especialistas; pero no es menos cierto que debería regularse la situación de los llamados PESTHOS, que se encuentran en esa situación por irregularidades del propio sistema. Por eso, para que la solución alcance a todos, el Colegio apoya que los psicólogos sean incluidos en la proposición de ley para la homologación de MESTOS y FESTOS, que será debatida en los próximos meses en el Congreso de los Diputados.

El segundo aspecto débil de la reforma es que se trata de una medida transitoria que, si bien resuelve los problemas que se presentan en el día a día a los psicólogos y a la Administración sanitaria, no concreta cómo debe ser la carrera de un psicólogo que desee ejercer su actividad profesional en el ámbito de la salud; y deja pendiente una solución definitiva de una futura ley para la que se da un plazo de un año. En este sentido, es un poco decepcionante que, tras siete años de duras negociaciones, hasta ahora lo único que se ha aprobado es elevar a rango de ley lo estipulado en la orden ministerial que reformaba el decreto de centros sanitarios, derogada por el Tribunal Supremo hace un año.

Ahora es necesario plasmar legislativamente el modelo de Psicología de la Salud que ha logrado alcanzar tanto consenso entre el Colegio, las universidades, las asociaciones profesionales de la Psicología, y de la Psicología Clínica en particular. Un modelo que, además, en gran medida está ya acordado con los ministerios de Sanidad y Educación. Un modelo cuyos rasgos definitorios son:

• Un grado de Psicología generalista.

• Un máster en Psicología Sanitaria, necesario para trabajar en el ámbito sanitario y autorizar las consultas de Psicología como centros sanitarios. La duración de este máster debería ser, idealmente, de 120 créditos, y en ningún caso inferior a 90; y, además, debería garantizarse que el acceso al máster se realizase solo desde el grado.

• La Especialidad de Psicología Clínica ha de ser un requisito necesario para trabajar en el SNS, y a ella se accedería tras cursar el máster. Si todos estamos de acuerdo en esta propuesta, deberemos defenderla conjuntamente. La única forma de superar las resistencias, que sin duda se nos presentarán, es mantener el consenso sobre este modelo de carrera profesional.

TEXTO INTEGRO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL APROBADA.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

1. En el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de Ley que regule la actividad de la “Psicología sanitaria” como profesión sanitaria titulada y regulada, definiendo las condiciones de acceso a dicha profesión y las funciones que se le reservan.

2. Transitoriamente, hasta la entrada en vigor de la Ley prevista en el apartado anterior, quienes ostenten el título de licenciado en Psicología o alguno de los títulos de graduado en el ámbito de la Psicología que figuren inscritos en el registro de Universidades, centros y Títulos como adscritos a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud, podrán ejercer actividades sanitarias, siempre que acrediten haber adquirido una formación específica a través de alguna de las siguientes vías:

a) Por haber superado los estudios de graduado/licenciado, siguiendo un itinerario curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud.

b) Por haber adquirido una formación complementaria de postgrado no inferior a 400 horas (o su equivalente en créditos europeos), de las que al menos 100, tendrán carácter práctico, vinculada a las áreas mencionadas en la anterior letra a).

3. La acreditación de encontrarse en alguna de las situaciones previstas en el apartado anterior, permitirá solicitar la inscripción de consultas o gabinetes de psicologías en el correspondiente registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

4. Los psicólogos que desarrollen su actividad en centros, establecimientos y servicios del Sistema Nacional de Salud, o concertados con él, para hacer efectivas las prestaciones sanitarias derivadas de la cartera de servicios comunes del mismo que correspondan a dichos profesionales, tanto en el ámbito de la atención primaria como en el de la especializada, deberán estar en posesión del título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica al que se refiere el apartado 3 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

JUSTIFICACIÓN

Los titulados en Psicología han estado llevando a cabo, con plena aceptación social y con una demanda creciente, la atención psicológica a las personas, contribuyendo a mejorar su estado general de salud.

El carácter polivalente de los estudios universitarios de Psicología determinó que estos licenciados no tuvieran la consideración de profesión sanitaria titulada y regulada en los términos previstos en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, sin perjuicio de que esta situación pudiera ser modificada en el marco de la nueva configuración de los estudios de grado y postgrado en Psicología, como consecuencia de nuestra incorporación al Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

El futuro de la Psicología en el ámbito de la Salud es una cuestión compleja que requiere la actuación coordinada entre las administraciones sanitaria y educativa y las universidades, así como tener en cuenta los criterios seguidos en la formación del psicólogo en los países de nuestro entorno; las características derivadas de la propuesta de Diploma Europeo de Psicología, y el papel de los psicólogos especialistas en Psicología Clínica, como profesionales específicamente dedicados a la faceta clínica de la Psicología.

Hasta tanto se produzca dicha regulación, se considera necesario que una norma con rango de ley habilite a quienes ejerzan la Psicología en el ámbito sanitario sin tener un título de especialista en Psicología Clínica, para llevar a cabo actividades sanitarias siempre que acrediten haber adquirido una formación complementaria que garantice el adecuado ejercicio profesional.

La inclusión del apartado 4 en la propuesta normativa pretende consolidar la situación actual explicitándola a los efectos de reforzar la seguridad jurídica evitando interpretaciones que sí podrían suponer una novación respecto a la situación anterior.

LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SE HACEN ECO DE LA SITUACIÓN DE LA PSICOLOGÍA

Numerosos medios de comunicación: prensa escrita, radios, televisiones, agencias de información, medios digitales, revistas especializadas... se han hecho eco en los últimos meses de la campaña de movilizaciones que ha desarrollado el colectivo de psicólogos y estudiantes de Psicología reivindicando el reconocimiento de la Psicología como profesión sanitaria.

Los diferentes medios de comunicación han realizado extensos reportajes, entrevistas y artículos de opinión describiendo la situación que está atravesando nuestra profesión y creando en la opinión pública un clima favorable de apoyo a la Psicología, circunstancia esta que el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid quiere agradecer públicamente.

A continuación reproducimos algunos de los ejemplos de la cobertura que dieron los medios de comunicación